REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 27 DE ENERO DEL AÑO 2.005.
AÑOS 194º Y 145º

Vista la diligencia fecha 29 de Noviembre del año 2.004, presentada por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, por los ciudadanos GUADALUPE OLLARVES, en su carácter de parte demandante, asistido por el Abg. LUIS JOSE REYES, en su condición de Procurador de Trabajadores en Coro, Estado Falcón, y el Abg. JOSE HUMBERTO GUANIPA VAN GRIEKEN, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada CONSTRUCCIONES PEROZO, C.A., mediante la cual, la demandada de autos da cumplimiento y ejecución a la sentencia, dando así por terminado el presente juicio, este Tribunal ORDENA el archivo del presente expediente, dejándose copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario de Labores.-
LA JUEZ PROVISORIO

Abg. NORYS CARRASQUERO
LA SECRETARIA

Abg. QUERILIU M. RIVAS H.

NOTA: En esta misma fecha se archivó el presente expediente, constante de TRESCIENTOS CINCO (305) folios útiles. Igualmente se certificó copia del presente auto para el Archivo del Tribunal, todo conforme a lo ordenado en auto anterior. Conste.-
LA SECRETARIA

Abg. QUERILIU M. RIVAS H.