REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL L.O.P.N.A EXTENSIÓN CORO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Coro Sección Adolescente

Coro, 11 de Enero de 2005
194º y 145º


ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2004-000003
ASUNTO : IP01-D-2004-000003


AUTO DE CESACIÓN DE MEDIDA Y EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN PENAL


Por cuanto en fecha: 03/12/04; este Tribunal acordó modificar la sanción de privación de libertad, al ciudadano: Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, reduciéndola hasta el día 06-12-04 de conformidad con el articulo 647 en su literal e, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente; por lo cual la Sanción que le fuera impuesta por el Juzgado primero del Municipio Carirubana en función de Control del Sistema de Responsabilidad penal del Adolescente se extinguió el día 06-12-04 de conformidad con el Art. 645 en concordancia con el Art.647 literal "h" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente este Tribunal de Ejecución Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara la cesación de la medida y extinción de la sanción penal impuesta al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, por del delito de Robo Agravado tipificado en el artículo 460 del Código Penal en perjuicio de Edmundo Ruiz Gonzalez. En consecuencia librese las correspondientes Boletas de Notificación al fiscal, al defensor, al sancionado y remitase la presente causa al Archivo Judicial para su desincorporación del Inventario de Causas Activas de este Tribunal con Oficio. Cúmplase.


La Juez de Ejecución

Abg. Lydda Auxiliadora Benítez de Torres

La Secretaria

Abg. Carisbel Barrientos

Seguidamente se libraron las correspondientes Boletas de Notificación y se remitió la causa al Archivo Judicial con Oficio Nº: 1E-04/05.

La Secretaria

Abg. Carisbel Barrientos