REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 20 de Enero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-001677
ASUNTO : IP11-S-2004-001677
AUTO DE AUDIENCIA DE PRESENTACION
Visto el escrito presentado por la ciudadana Fiscal Décimo Quinta Auxiliar del Ministerio Público Abog. MEURY LEIDENS MARIN, mediante el cual presenta a ésteTribunal al ciudadano CESAR AUGUSTO JIMENEZ MARVAL, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-14.646.219, Residenciado en calle Aragón entre Peninsular y Ayacucho, Punto Fijo Estado Falcón, y solicita se le Decrete la Libertad basandose en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por el Delito de Vilolencia Fisica previsto y sancionado en el artículo 16 y 17 de la Ley Sobre Violencia contra la Mujer y la Familia. Seguidamente se le concede la palabra a la Víctima la ciudadana: MARIELA DEL CARMEN CHAVEZ MARTINEZ y manifiesta lo siguiente: ha pasado mucho tiempo desde ese hecho, nosotros nos reconciliamos, tenemos un bebé, nos llenvamos bien , y me comprometo a no acusarlo en ninguna otra instancia ni instituciones policial, desde ese momento hasta nuestra relación ha funcionado mejor, es por ello quiero que no proceda el juicio. De seguida el hoy imputado el manifiesta acogerse al precepto Constitucional del artículo 49 de la Constiución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Posteriormente el defensor Publico Tercero Abogado Ramón Navas manifiesta lo siguiente: no hay suficientes elementos de convicción, visto que la víctima manifiesta que se reconciliaron y desde ese momento no se ha presentado ningún tipo de problemas entre ellos, es por lo que acogiéndose al artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, solicita se decreté el sobreseimiento en el presente asunto.
El Tribunal pasa a decidir en los siguientes términos: Analizadas las actuaciones del presente Asunto, y escuchados como han sido los alegatos presentados por el Representante del Ministerio Público, así como la Victima y la Defensa, considera éste Juzgadora que la victima y el hoy imputado se reconciliarón es por lo que no se pueden incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamineto del hoy imputado.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta el Sobreseimiento de la presente causa. a favor del Ciudadano CESAR AUGUSTO JIMENEZ MARVAL anteriormente identificado; por la presunta comisión del Delito de Violencia Fisica, previsto y sancionado en el artículo 16 y 17 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia. remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial, Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
La Secretaria
Abog. Morela Ferrer
Abog. Maria E. Gonzalez