REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio de Punto Fijo
Punto Fijo, 19 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2004-000278
ASUNTO : IP11-P-2004-000278


Revisada como ha sido la presente causa, instruida en contra de los ciudadanos JOSE ZAVALA BRACHO, MAYERLIN ROJAS, PEDRO PEROZO y TIAGO FELIPO MONTERO DA PALMA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley que regula la materia, se observa lo siguiente:

En fecha 16 de Diciembre de 2004, este Tribunal mediante auto acordó las medidas cautelares sustitutivas de libertad señaladas en los ordinales 3 y 9 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos JOSE ZAVALA BRACHO, MAYERLIN ROJAS y PEDRO PEROZO, consistente en la presentación ante el Tribunal los dias viernes de cada semana así como una caución personal.

Por otro lado, se acordó la Medida Cautelar de Arresto Domiciliario al ciudadano TIAGO FELIPO MONTEIRO DA PALMA, conforme a lo previsto en el ordinal 1° del artículo 256 ejusdem.

Asimismo se observa que mediante autos de fecha 21 y 22 de diciembre de 2004, se acordó constatar a través de las Fuerzas Armadas Policiales así como del Cuerpo de Alguacilazgo, la autenticidad de los datos relacionados con el domicilio de los imputados JOSE ALBERTO ZAVALA y MAYERLIN ROJAS, así como la autenticidad de los datos personales de los ciudadanos FLOR MAIGUALIDA LACLE, MILITZA JOSEFINA SARMIENTO, NILDA SINAI GARCÉS, NEIL CALATAYUD y CARLOS BELTRAN DELGADO, quienes fueron ofrecidos por la defensa como fiadores de los referidos imputados en virtud de la medida impuesta.

Ahora bien, verificada como fue la información solicitada por el Tribunal en relación a los fiadores, la cual cursa en autos, se acuerda la citación de los ciudadanos FLOR MAIGUALIDA LACLE FLORES, MILITZA JOSEFINA SARMIENTO, NILDA SINAI GARCÉS, NEIL RAFAEL CALATAYUD, CARLOS BELTRAN DELGADO y VIVIAN SEGRI JIMENEZ ROJAS, todos identificados en las presentes actuaciones, a fin de que comparezcan el día viernes 21 de Enero de 2005, a las dos de la tarde (2:00 pm.), a fin de constituir la fianza personal a favor de los ciudadanos José Alberto Zavala y Mayerlin Rojas. Asimismo se acuerda el traslado de los ciudadanos JOSE ALBERTO ZAVALA y MAYERLIN ROJAS, a fin de imponerlos de las obligaciones derivadas de la medida cautelar acordada. Notífiquese a los abogados defensores.

En cuanto al ciudadano TIAGO FELIPO MONTEIRO DA PALMA, se observa, después de constatar a través de las Fuerzas Armadas Policiales, que el domicilio aportado por el imputado a fin de cumplir con la medida de arresto domiciliario impuesta, no reúne las condiciones requeridas a tal fin, por lo cual, se ordena notificar a la defensa, indique al Tribunal un domicilio en el cual su representado pueda cumplir con la medida acordada. Cúmplase.

El Juez Segundo de Juicio

Abg. Kervin E. Villalobos M.

La Secretaria,

Abg. Yenice Díaz.