REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 17-02-2005, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el cual se Decretó Media de Secuestro sobre el Bien Inmueble plenamente identificado en dicho Despacho; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 22-02-2005, se le da entrada a diligencia suscrita la ciudadana: María de los Santos Rujano Perozo, debidamente asistida por el Abog. Alberto Castillo Hernández, de conformidad con lo solicitado, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, así mismo se libran las notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia y a los Organismo Competentes.-
En fecha 28-02-2005, se levanta Acta de Secuestro, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento a Despacho de de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Interdicto Posesorio Restitutorio, intentado por la ciudadana: María de los Santos Rujano Perozo, debidamente asistida por el Abog. Alberto Castillo Hernández, en contra del ciudadano: Yamil José Morillo; en dicho acto una vez libre de Bienes muebles y personas el inmueble objeto de litigio, este Ejecutor Declaró Legalmente Secuestrado el Bien inmueble objeto de la presente Medida, el cual se puso en posesión del representante legal de la Firma Depositaria Falcón, C.A., ciudadano: Omar Estrada, quien lo recibió conforme.-
En fecha 01-03-2.005, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 066-2005, constante de dieciocho (18) folios útiles.-