REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 23-02-2005, a Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el cual se Dictó sentencia en fecha 13-01-2005 y quedó definitivamente firme, por la cual ordena poner en posesión y hacer formal entrega libre de bienes y personas al demandante, a través de su Apoderado Judicial de un local comercial plenamente identificado en el Despacho de Exhorto, así mismo Decretó Media de Embargo sobre Bienes Muebles e Inmuebles propiedad del demandado; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 09-03-2005, se le da entrada a diligencia suscrita el Abog. Héctor Manuel Arteaga, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Haroldo Grand Leidenz, de conformidad con lo solicitado, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, así mismo se libran las notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos Competentes.-
En fecha 15-03-2005, se levanta Acta de Embargo, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento a Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Resolución de Contrato intentado por el Abog. Héctor Manuel Arteaga, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Haroldo Grand Leidenz, en su condición de Presidente de la Sociedad Mercantil “GRAND Y COMPAÑÍA SUCRS, S.A.”, en contra del ciudadano: German Tremont; en virtud de que el inmueble objeto de la media se encuentra cerrado, el Ejecutante solicitó se designara cerrajero a fin de practicar la Medida, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, una vez que el Tribunal concedió un margen de espera a que hiciera acto de presencia el demandado, acordó lo solicitado. Una vez en el interior del inmueble, a solicitud del Accionante se procedió a levantar el inventario respectivo a de los bienes muebles que se encontraban dentro del local comercial y los cuales se pusieron en posesión del Representante legal de la Firma Depositaria Falcón, C.A., ciudadano: Omar Estrada, quien los recibió conforme, libre de bienes muebles y personas este Tribunal procedió hacer Entrega Formal y Puso en Posesión del Bien inmueble objeto de litigio al Apoderado Actor Abog. Héctor Manuel Arteaga, quien lo recibió conforme, así mismo se reservó el derecho de señalar bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad condenada por el Tribunal de Causa.-
En fecha 21-07-2.005, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la fecha de la última actuación 15-03-2.005, aún cuando se reservó el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio Nº 244-2005, constante de doce (12) folios útiles.-