REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON
Tribunal Primero de Ejecución
Coro, 15 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : IG01-R-2003-000024

En fecha 04 de febrero de 2005, se recibió escrito proveniente de la Dirección del Internado Judicial del Estado Falcón mediante el cual informa que el penado Williams Herrera López fue trasladado al Hospital Universitario de esta ciudad, quedando recluido en dicho Centro Asistencial por orden del Dr. Abraham Marsal. Acompaña al escrito Récipe médico mediante el cual se hace constar que en fecha 04 de Febrero de 2005, se practicó examen al ciudadano Williams Herrera, tratándose de un paciente que presenta un Tumor Maligno de Rodilla. Ahora bien, este Tribunal a los fines de preservar el sagrado derecho a la salud que tiene toda persona que habite en el territorio de la República de Venezuela y ante la gravedad del reporte medico que se anexa acuerda: Oficiar a la Medicatura Forense de esta ciudad de Coro, para que en lapso de tiempo mas breve posible, uno de los Médicos adscritos a esa dependencia médica judicial, se traslade al piso 05 del Hospital Universitario de Coro, a los fines de que el mencionado penado sea evaluado y una vez practicada la valoración médica, se remita con carácter de URGENCIA a este Tribunal, el Informe respectivo, con la expresa obligación por parte del Médico forense de emitir opinión acerca de la gravedad de la enfermedad que aqueja al penado y las posibles consecuencias derivadas de la misma en caso de permanecer dentro de las instalaciones del Internado Judicial de esta ciudad y su recomendación para que el mismo cumpla su pena fuera de ese Centro Penitenciario. Todo ello en aras de velar por el Derecho a la salud consagrado en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, dándole protección al hoy penado de sus derechos fundamentales. Cúmplase

El Juez Primero de Ejecución

Abg. HELY SAUL OBERTO REYES.

La Secretaria.

Abog. MAYSBEL MARTINEZ.