REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Cuarto de Control de Coro
Coro, 14 de Febrero de 2005
194º y 145º
ASUNTO: IP01-S-2004-001423
Visto el escrito interpuesto por la Abogada Isabel Monsalve de Lilo en su carácter de defensora Pública Cuarta de éste Circuito Judicial Penal en el presente asunto seguido al imputado: ABEL SEGUNDO GUERRA BONARDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° 14.794.238 y domiciliado en: la calle Libertad, entre Federación y Colón, Coro, Estado Falcón, según asunto IP01-S-2004-001423, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, tipificado en el artículo 407 y 82 del Código Penal y quién de conformidad con la norma adjetiva Penal en su artículo 264 solicita el examen y revisión de la medida que le fue impuesta a su defendido en fecha 17-07-04, la cual consiste en presentaciones periódicas cada quince días por ante la Fiscalía Décima del Ministerio Público, este Tribunal Cuarto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley cambia el Régimen de presentaciones periódicas del imputado ABEL SEGUNDO GUERRA BONARDEZ, antes identificado, quién a partir de la presente fecha deberá cumplir con dichas presentaciones cada 30 días por ante la Fiscalía Décima del Ministerio Público. Notifíquense a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZ CUARTA DE CONTROL
ABG. JENNY OVIOL
LA SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo acordado por el Tribunal.-
LA SECRETARIA