REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
ACCION: PENSION ALIMENTARIA.
PARTE RECLAMANTE: Abg. MARISELA GUINAND MANTILLA, FISCAL NOVENO (E) DEL MINISTERIO PUBLICO EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, DEL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DEL ESTADO FALCON, con sede en Punto Fijo, a favor del niño ORLANDO LUIS SANCHEZ LUGO.-
PARTE RECLAMADA: Ciudadano ORLANDO RENE SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.802.243, domiciliado en la Avenida Los Rosales N° 18, Barrio Menca de Leoni, Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.-
JURISDICCION: Protección del Niño, del Adolescente.-
Por cuanto el Tribunal constata de las actas procesales que desde el día 12 de Diciembre del 2003, (folio 08), fecha de la admisión de la demanda, hasta el día de hoy 13 de Julio del 2005, ha transcurrido mas de un (1) año, sin haber realizado la actora ninguna actuación tendiente a impulsar el proceso, el Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, impartiendo justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley. Suspéndase la medida decretada y hágase la participación a que haya lugar.- Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, acompañado de Oficio, en la oportunidad que corresponda.- Notifíquese a la actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Regístrese y Publíquese.-
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los trece (13) días del mes de Julio del año dos mil cinco. Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores
La Secretaria titular,
Abg. Sandra Morillo.- No-
ta: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 11:50 a.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.
La Secretaria Titular,
Abg. Sandra Morillo.-
CHL / magaly.
Expediente N° 6585
|