REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 27 de Julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2005-006326
ASUNTO : IP01-P-2005-006326

AUTO DECRETANDO LIBERTAD PLENA

Visto el escrito constante de Un (01) folio (s) útil (es) y anexo constante de Cinco (05) folios útiles presentado ante la Oficina del Alguacilazgo por la ABG. Arrieta Herminia Chiquinquirá, en su carácter de Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, ( Nro 11F200383-05), mediante el cual solicita a este Tribunal DECRETE LA LIBERTAD del ciudadano: Richard José Delgado Vásquez, se da por recibido, se agrega a los autos y en tal sentido, observadas las actuaciones que conforman el presente asunto, el Fiscal aduce que no se encuentran llenos los requisitos exigidos en los artículos 250 y 256 del Código Orgánico Procesal Penal y estando llenos los extremos de los Artículos 8, 9, 243 del Código Orgánico Procesal Penal y de los artículos 44 ordinal 1° y 49 ordinal 2° de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela acuerda la Libertad Plena del referido ciudadano y así se decide. En consecuencia este JUZGADO Cuarto DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano: Richard José Delgado Vásquez, Venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 14537920, de profesión Obrero, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo y residenciado en Parcelamiento Arenales Calle Simón Rodríguez, Casa N° 40, del Estado Falcón. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Igualmente se designó el respectivo defensor, recayendo tal designación en la persona del Defensor Público de Guardia, Adscrito a la Unidad de Defensoría Pública del Estado Falcón Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Notificación y remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía a fin de que prosiga con las investigaciones. Cúmplase.-


El Juez Cuarto de Control,


Abg. Saturno José Ramírez Zorrilla
La Secretaria,

Abg. Olivia Bonarde


NOTA: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en Decisión que antecede. Se libro Boleta de Libertad N° 347, Boletas de Notificación al Defensor Público Adscrito a la Unidad de Defensoría Pública del Estado Falcón Penal y Oficio N° 4C0-2878-05 a la Fiscalía Segunda ( s/e) 11F200383-05 del Ministerio Público del Estado Falcón.


La Secretaria.-