REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
Se le da entrada en fecha 07-06-2005, a Despacho de Exhorto emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decretó Medida Preventiva de Secuestro sobre un Bien Inmueble (Local Comercial) plenamente identificado en el presente Despacho; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 09-06-2005, se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Alberto Castillo Hernández, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Enrique Ramírez, de conformidad con lo solicitado, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, por lo que se ordena librar las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos competentes.-
En fecha 22-06-2005, se dicta auto, por cuanto este Tribunal no dará Despacho en el día para la cual está fijada la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, por se Día del Abogado, siendo otorgado Día no Laborable por instrucciones de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; en consecuencia, acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, por lo que se ordena librar las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos competentes.-
En fecha 29-06-2005, se dicta auto, por cuanto este Tribunal no dio Despacho en el día para la cual estaba fijada la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho; en consecuencia, acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, por lo que se ordena librar las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos competentes.-
En fecha 29-06-2005, se levanta Acta de Secuestro, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Despacho de Medida Preventiva de Secuestro emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Resolución e Contrato de Arrendamiento, intentado por el Abog. Gustavo A. Vargas S., Apoderado Judicial del ciudadano: Enrique Ramírez, en contra del ciudadano: Flanklin Felipe Mustiola Arévalo; en dicho acto una vez que el notifica de acta parte de Demandada se le impuso de la misión del Tribunal y se le instó a entregar libre de Bienes Muebles y personas el Bien objeto de la medida, el cual desocupó siendo las 8:15 p.m., en consecuencia se Declaró Preventivamente Secuestrado el Bien Inmueble plenamente identificado en acta, al cual se le colocó el respectivo Cartel de Secuestro y se le puso en posesión al Representante Legal de la Depositaria Falcón, C.A., quien lo recibió conforme.
En fecha 30-06-2.005, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo, al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 218-2.005, constante de treinta y tres (33) folios útiles.-