El Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana, deja constancia que la ciudadana Beatriz Maldonado, luego de notificada de la presente misiòn, se le impuso de la decisiòn del Tribunal de Protecciòn, en cuanto al Règimen de Visitas solicitado, manifestàndole que deberà cumplir dicho règimen en los tèrminos establecidos, siempre y cuando no perjudiquela salud y el sano crecimiento emocional del niño Manuel Alejandro Guanipa; durante ese tiempo el padre no podrà ser perturbado en su derecho. Dicha ciudadana manifiesta acatar la decisiòn, hacièdole del conocimiento a la misma de lo establecido en el artìculo 270 de la Ley Orgànica para la Protecciòn del niño y del adolescente, en cuanto al desacato a la orden aquì impuesta, acordad por el comitente.