REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 28 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP01-R-2005-000076
ASUNTO : IP01-R-2005-000076
Por cuanto en fecha 27 de junio de 2005 se constituyeron los Jueces integrantes de esta Corte de Apelaciones en la Sala N° 6 de este Circuito Judicial Penal a fin de llevar a cabo audiencia de imposición de sentencia al procesado CARLOS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.856.651, domiciliado en la calle N° 5, casa N° 2, Urbanización Bicentenaria Peña del Estado Yaracuy, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, la cual no se llevó a efecto por incomparecencia del Defensor Privado, Abg. HERMES ARÉVALO SERRANO y vista la solicitud efectuada por el mencionado procesado, en el sentido de ser trasladado a la Clínica La Guadalupe de esta ciudad, por presentar síntomas de Mastoiditis, lo cual es una infección que ataca a nivel del oído medio, se ordena su traslado a la mencionada Clínica a fin de que reciba tratamiento médico, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra el derecho a la salud, en los siguientes términos: “La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida… Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud…”
En consecuencia, líbrese boleta de traslado y oficio al Director del Internado Judicial de esta ciudad a los fines de su traslado con las seguridades que el caso amerita.
Glenda Oviedo Rangel Marlene Marín de Perozo
Jueza Presidente Jueza Titular
Rangel Montes Chirinos
Juez Titular
Ana María Petit Garcés
La Secretaria
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
La Secretaria.