REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
Punto Fijo, 29 de Junio del 2005
Años: 195º y 146º
Observa el Tribunal que en la oportunidad fijada para la contestación de la demanda, la demandada quién esta representada en autos por el defensor de oficio que le designara el Tribunal, no compareció al emplazamiento que se le hiciera para contestar la demanda.-
Ahora bien, al designar el defensor de oficio, el Tribunal lo hace con la finalidad de garantizar el derecho a la defensa y mantener la igualdad entre las partes; de tal manera que si el funcionario designado incumple las obligaciones que como tal le corresponden, una vez juramentado, compromete la responsabilidad del Tribunal al acarrear sanciones graves por incumplimiento del referido defensor.-
Por lo expuesto y en acatamiento a decisión No. 33, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 26 de Enero del 2004, se revoca la designación de la abogado Janeth Arias Colina y se designa como nuevo defensor de oficio de la demandada Empresa Cerámicas DOMUS C.A., a la abogado Neymar Rodríguez inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 98.787, a quien se ordena notificar, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a su notificación, a manifestar su aceptación o excusa y en el primero de los casos preste el juramento de Ley.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abog. Sandra Morillo V.-




CHL/hjt.-
Exp: 5000.