REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN TUCACAS.

GADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
Tucacas, 06 de Junio de 2005
195° y 146°
Vista la conciliación celebrada en fecha 1° de Junio del presente año, por los abogados DILCIA GOMEZ DE CORDERO, apoderada judicial de la empresa SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y VIGILANCIA ANDINA C.A (SEPROVIANCA) y RUBÉN LUCENA LÓPEZ, apoderado judicial de la JUNTA DE CONDOMINIO Y ADMINISTRADORA DEL CENTRO COMERCIAL MORROCOY PLAZA, donde la parte demandada conviene en pagar todos los conceptos demandados, y celebraron TRANSACCIÓN para dar por terminado el presente juicio, y por cuanto la mencionada transacción versa sobre derechos disponibles en los cuales no está interesado el orden público, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y acuerda tenerla como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- Déjese copia certificada del presente auto en el archivo del Tribunal.- En consecuencia se acuerda SUSPENDER, la medida de embargo que pesa sobre la cantidad de dinero depositada en la cuenta corriente N°. 091007245, del Central Banco Universal, Tucacas, es decir, UN MILLÓN QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 1.589.192,28), y se ordena hacer entrega de dicha cantidad de dinero a la abogada DILCIA CORDERO DE GOMEZ, apoderada judicial de la parte demandante. Librese oficio. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Temporal,

Abg. LAEMIR MASS COLINA.-
La Secretaria,

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se libró oficio N°. 05-359- .-

Secretaría.