REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 10 de Junio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001964
ASUNTO : IP11-P-2005-001964


Auto Decretando Libertad
Plena.-

Visto el escrito presentado por la ciudadana Abg. Meury Leindenz Marín, en su carácter de Fiscal Auxiliar Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón con Sede en la ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita la Libertad del ciudadano: Jesús Rafael Jiménez Galicia, venezolano, nacido en fecha 13-06-1963, de 41 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-7.568.555, de estado civil soltero, de oficio obrero, residenciado en Antiguo Aeropuerto Sector 07, vereda 51 casa N°03, de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. En consecuencia por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho y analizadas las actas policiales que la acompañan. Es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda decretar la Libertad del ciudadano: Jesús Rafael Jiménez Galicia, Plenamente identificado, desde el Comando de las Fuerzas Armadas Policiales N°8 Destacamento N°80 con sede en Santa Cruz de Los Taques, donde se encuentra recluido, igualmente Ordena que la presente causa sea tramitada por el Procedimiento Ordinario. Remitase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón, todo de conformidad con el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 de la Constitución Nacional. En consecuencia Librense las correspondientes Boletas y oficiese lo conducente. Cúmplase.




La Juez Tercero de Control.



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Abg. Morela G. Ferrer de Coronado.

La Secretaria.



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Abg. Yraima Paz de Rubio.