REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 18 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2003-001611
ASUNTO : IP11-S-2003-001611
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ TERCERO DE CONTROL: ABG. MORELA FERRER.
FISCAL CUARTA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ.
HECHO: ASFIXIA MECANICA POR INMERSION.
IMPUTADO: NEREIDA BEATRIZ MACHADO FUENMAYOR.
SOBRESEIMIENTO.
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control la Fiscalía del Estado Falcón, representada por la Ciudadana Fiscal del MINISTERIO PÚBLICO ABG. JUDITH MARIELA MEDINA SANCHEZ. a favor de la ciudadana NEREIDA BEATRIZ MACHADO FUENMAYOR, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV.- 11.286.272, su residenciada no consta en autos .
En la causa penal IP11-S-2003-001611 Conforme el articulo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal que según el criterio del fiscal, de las investigaciones practicadas, no reviste de carácter penal.
En fecha 19-03-95 se inicia la averiguación, con motivo de la muerte de quién en vida respondiera al nombre de NEREIDA BEATRIZ MACHADO FUENMAYOR.
En la causa consta la declaración de la ciudadana YNDIRA LUCIA PARRA YNCINOZA, quién manifestó: “Nosotros nos estábamos bañando en la Playa de Adicora, de repente yo veo a Nereida y ella me dijo que la corriente se la estaba llevando, yo salí del mar para buscar ayuda, entonces conseguí a mi esposo y le dije lo que estaba pasando, entonces el se metió al agua, pero también se estaba ahogando, yo busqué más ayuda pero no pudieron sacar a Nereida, la gente del pueblo sacó a mi esposo, luego cuando regrese a orillas de la playa la gente de Defensa Civil ya la habían sacado a ella muerta, es todo.”
Analizado como ha sido por este tribunal la presente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor de la ciudadana NEREIDA BEATRIZ MACHADO FUENMAYOR, fundamentada en el numeral 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por todo lo antes expuesto este tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, de la presente causa a favor de la ciudadana NEREIDA BEATRIZ MACHADO FUENMAYOR, EN VIRTUD DE QUE EL HECHO DE LA INVESTIGACION NO REVISTE DE CARÁCTER PENAL. Por la comisión del delito: ASFIXIA MECANICA POR INMERSION, de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
Así se Decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. MORELA FERRER .
SECRETARIA
ABG. LISKEILA GUTIÉRREZ.