REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: DIECISEIS DE MARZO DEL DOS MIL CINCO
AÑOS: 194° Y 146°

Vista la diligencia de fecha 15 de Marzo de 2005, suscrita por una parte por los abogados ARGENIS MARTINEZ y NEYDIS DE JEREZ, en su carácter de autos y por la otra el demandado de autos ciudadano ALEXANDRO PUENTE, asistido del abogado JOAQUIN MURENA, mediante la cual suscriben Convenimiento en el Expediente No. 2004-1851 contentivo del juicio seguido por los abogados NEYDIS GARCIA DE JEREZ y ARGENIS MARTINEZ contra el ciudadano ALEXANDRO PUENTE por COBRO DE BOLIVARES-PROCEDIMIENTO DE INTIMACION; en consecuencia, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su aprobación al referido CONVENIMIENTO, homologa el mismo pasándolo con el carácter de cosa juzgada.- Se suspende la Medida de Embargo practicada en fecha 13 de Enero de 2005 por el Juzgado Ejecutor de los Municipios Falcón y Los Taques del Estado Falcón, con sede en Los Taques, se ordena oficiar lo conducente a la Empresa PDVSA, PETROLEO S.A.-
Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los dieciséis días del mes de marzo del dos mil cinco.- AÑOS: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZ

ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT


LA SECRETARIA

ABG. ANA VARGAS HOYER


NOTA: Se suspendió la Medida de Embargo y se libró el Oficio ordenado bajo el No. 2485-080.- Se dejó copia certificada del auto anterior para el archivo del Tribunal.-
LA SECRETARIA

Abg. ANA VARGAS HOYER