REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: DIECIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL CINCO
AÑOS: 194° Y 146°
Por recibido escrito de transacción presentado por una parte por el ciudadano JOSE JESUS VILLARROEL BELLO en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SERIARTES UNIDAS S.R.L., asistido del abogado SIMON TREMONT, y por la otra parte el abogado VICTOR HUGO BOLIVAR, en su carácter de apoderado judicial de la ASOCIACION CIVIL DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL Y RECREACIONAL LAS VIRTUDES, agréguese dicho escrito al Expediente No.2004-1839 con el cual se relaciona.- Y vista la TRANSACCION en que han llegado las partes en la presente Causa No. 2004-1839 contentivo del juicio seguido por el ciudadano JOSE JESUS VILLARROEL BELLO en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil SERIARTES UNIDAS S.R.L., asistido del abogado SIMON TREMONT contra la ASOCIACION CIVIL DE COPROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL Y RECREACIONAL LAS VIRTUDES por COBRO DE BOLIVARES-PROCEDIMIENTO DE INTIMACION, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su aprobación a la referida TRANSACCION, homologa la misma pasándola con el carácter de cosa juzgada.- Se ordena el archivo de la Solicitud.- Se suspende la Medida de Embargo practicada en fecha 09 de Noviembre de 2004 por el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana del Estado Falcón, con sede en Punta Cardón, sobre la Cuenta Corriente No. 4393000622 del Banesco, Banco Universal, se ordena oficiar lo conducente a la Entidad Bancaria ya mencionada.-
Se ordena el archivo del expediente junto a su Cuaderno de Medidas.-
Déjese copia certificada del presente auto para el archivo del Tribunal.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los dieciocho días del mes de marzo del dos mil cinco.- AÑOS: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT LA SECRETARIA
ABG. ANA VARGAS HOYER
NOTA: Se libró el Oficio a Banesco bajo el No. 2485-082.- Se archivó el Expediente junto a su Cuaderno de Medidas.- Se dejó copia certificada del auto anterior para el archivo del Tribunal.-
LA SECRETARIA
Abg. ANA VARGAS HOYER