REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 30-03-2005, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el cual Decretó Medida Ejecutiva de Embargo sobre Bienes propiedad de la parte demandada; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 30-03-2005, se le da entrada a diligencia suscrita la Abog. Ivellie Figueroa Álvarez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: Wilfredo José Meléndez Romero parte Demandante de autos, de conformidad con lo solicitado, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, por lo que se ordena librar las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 31-03-2.005, se levanta Acta, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por cobro de Bolívares por Intimación, seguido por la Abog. Ivellie Figueroa Álvarez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: Wilfredo José Meléndez Romero, en contra del ciudadano: Gian Franco Algares; en dicho acto este Tribunal a solicitud de la parte Demandante, Declaró Ejecutivamente Embargado un Bien Inmueble, el cual pone en posesión de la Depositaria Necesaria designada ciudadana: Glenda Monzant López, cónyuge el demandado de autos, quien se comprometió a cuidar como buen padre de familia, en virtud de que la Depositaria Designada se excusó por compromisos previos.-
En fecha 04-04-2.005, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente. En esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 113-2005, constante de cuarenta (40) folios útiles.-