REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÒN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÒN , CON SEDE EN CORO.
CORO, 16 DE MARZO DE 2005.
AÑOS 195 Y 146.
En la presente causa Nro 9112, contentiva del ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA VOLUNTARIA, a favor de los Niños Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la LOPNA, presentado por el ciudadano ARMANDO JOSÉ MORALES, titular de la cédula de identidad No 7.484.099, vista la solicitud de la parte accionante, de que el Tribunal aperture una cuenta bancaria a los fines de depositar las pensiones ofrecidas, el Tribunal deniega el pedimento, en razón de que la causa versa sobre un procedimiento de jurisdicción voluntaria, en la cual la contraparte no ha manifestado su disposición a aceptar el ofrecimiento, por lo que, mal puede el Tribunal, obligarla a aceptar los términos del ofrecimiento. Ahora bien, habiendo transcurrido el lapso para que la ciudadana Rosmilde Herrera Palomo, manifestara su opinión, y siendo que al no comparecer al Tribunal, se entiende su ausencia como una negativa por tratarse este de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, y siendo que el procedimiento ha derivado en un procedimiento contencioso especialmente previsto en el artículo 511 y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Este Tribunal haciendo aplicación supletoria del artículo 901 del Código de Procedimiento Civil, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Ordena el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Se ordena en este acto el cierre y archivo del presente expediente.
Entréguese a las partes, los originales que han sido presentados, previa certificación de las copias, por parte de la Secretaria de este Tribunal.
Es Justicia.
EL JUEZ SEGUNDO DE PROTECCIÓN
ABOG. ALEXANDER LÓPEZ DELEÓN.
LA SECRETARIA,
ABOG. ZULEIKA PACHECO
La presente resolución se dictó y publicó, siendo la 12:40 p.m del día de hoy 16 de Marzo de 2.005. Conste .
La Secretaria.