REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 30 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2003-001659
ASUNTO : IP11-S-2003-001659



AUTO QUE DECRETA ARCHIVO FISCAL


Por cuanto se observa que fue recibido oficio N° 13-137-2005, procedente del Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, donde hace del conocimiento de éste Tribunal que en fecha 10-02-2.005 decretó el Archivo Fiscal de las actuaciones que cursan en el expediente sigando con el N° IP11-S-2003-001659, seguido en contra de el ciudadano Neomar José Ruiz Rosendo , por la presunta comisión del delito de Tráfico ilicita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. En virtud de lo antes expuesto, éste Tribunal considera que como quiera que el Ministerio Público decretó el Archivo Fiscal, de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Porcesal Penal, es procedente acordar el cese de las Medidas Cautelares impuestas por éste Juzgado al ciudadano Neomar José Ruiz Rosendo, a partir de la presente fecha; en consecuencia, la decisión de Archivo Fiscal representa el acto conclusivo de las actuaciones que conforman el presente asunto, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Notifíquese a las partes. Así se decide.
La Juez Tercero de Control,

La Secretaria

Abog.Morela Ferrer de Coronado
Abog. Iraima Rubio de Paz