REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DEL TRABAJO Y DE MENORES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, NIÑOS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN CORO.
SANTA ANA DE CORO, 04 DE MAYO DE 2005.
AÑOS 195 Y 146

Vista la decisión de fecha 23 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Occidental con sede en Maracaibo, mediante la cual declina la competencia en el Juzgado Superior con competencia laboral, con sede en Coro, con motivo de la declinación de competencia que hiciera, a su vez, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en la causa que por amparo sigue ANA JOSEFINA YSEA ATIENZO contra el CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA “ALONSO GAMERO”; fundado el Juzgado declinante en que la relación de servicio entre la querellante y el querellado no nació de un acto administrativo, sino de un contrato que impide ingresar a la causa administrativa por esa vía, según el artículo 146 de la Constitución nacional, y habida cuenta que a este Juzgado Superior Civil y Mercantil se le suprimió la competencia laboral, materia afín al amparo deducido la cual detenta ahora el Juzgado Superior Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, a cargo de la Abogada Rudith Perozo Rivero, remítase mediante oficio el presente expediente. Déjese copia de este auto en el archivo y publíquese.
EL JUEZ TITULAR
ABG. MARCOS ROJAS GARCIA LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NEYDU MUJICA.

Nota: Se libro oficio Nº ___________remitiendo el expediente al Tribunal antes mencionado, conforme a lo ordenado. Conste. Coro. Fecha Ut- Supra.
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. NEYDU MUJICA
MRG/NM/og.-
Exp