REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. CORO, 16 DE MAYO DE 2005.
Años: 194 y 146

EXPEDIENTE : NRO. 12.680-2002

DEMANDANTE: ANABEL HERNANDEZ ROBLES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.140.901 de este domicilio, actuando en su propio nombre.

DEMANDADOS: KOSO HARA KASAJARA, en la persona de sus herederos, MATSUMOTO DE HARA SETSUKO y HARA MATSUMOTO OSAMU, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-577.244 Y 12.183.438 y ,de este domicilio.

MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES INTIMATORIO

Se admite el presente procedimiento en fecha 18 de Julio de 2002, y decreta la Intimación del ciudadano KOZO HARA KASAJARA, en la persona de sus herederos plenamente identificados, a los fines de que comparezca ante el Tribunal una vez que conste en autos su intimación, dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes, para que se opusiera al decreto intimatorio oponerse, se establecerá lo pautado en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil.
Vencido dicho lapso, sin haberse opuesto al decreto intimatorio, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo pautado en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal, tal como lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ

AB. ANTONIO LILO VIDAL
LA SECRETARIA TEMPORAL

AB. CARMEN REYES HILL
NOTA: La anterior decisión se dictó y publico en su fecha, siendo las (09:20 am.), se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal. Conste Coro fecha Ut-supra.
LA SECRETARIA TEMPORAL

AB. CARMEN REYES HILL