REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO.

EXPEDIENTE N°: 6583.
SOLICITANTES: FERNANDO JESUS FERMIN y LILIANA ISABEL TENA LOPEZ.
MOTIVO: SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES.

Con fecha tres de septiembre de mil tres, los ciudadanos FERNANDO JESUS FERMIN y LILIANA ISABEL TENA LOPEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.943.361 y V-15.311.435, respectivamente, debidamente asistidos de abogado, manifestaron su voluntad de separarse de cuerpos y así lo acordó el Tribunal por auto de fecha 29 de Septiembre de 2003.

Posteriormente en fecha 19-10-2004, los ciudadanos LILIANA ISABEL TENA LOPEZ y el abogado LEONARDO PIMENTEL, la primera solicitante de la separación de cuerpos y bienes y el segundo asistiendo a la primera y actuando como apoderado judicial del ciudadano FERNANDO JESUS FERMIN, poder otorgado por ante la Notaria Pública Segunda de Punto Fijo, en fecha 04-12-2003, bajo el N° 89, Tomo, 59, mediante diligencia, solicitan la conversión de la separación de cuerpos y bienes presentada por los ciudadanos LILIANA ISABEL TENA LOPEZ y FERNANDO JESUS FERMIN en divorcio, en virtud de haber transcurrido el lapso establecido por la Ley, sin haber ocurrido reconciliación entre ellos. En fecha 27-04-2005, se notificó al Fiscal Noveno del Ministerio Público, sobre la conversión de la separación de cuerpos y bienes en divorcio.

Llegada la oportunidad para decidir el Tribunal observa: Con vista del anterior procedimiento de los autos, se evidencia que ha transcurrido el lapso establecido en el Código Civil, venezolano, sin haber ocurrido entre los cónyuges reconciliación, resultando por tanto procedente la conversión en divorcio solicitada, de la separación de cuerpos a que se contraen las presentes actuaciones. Así se decide.

Por las consideraciones que anteceden este Tribunal, cumplidas como han sido las disposiciones legales, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA, la conversión de la separación de cuerpos en divorcio del referido procedimiento y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que
une a los cónyuges ciudadanos LILIANA ISABEL TENA LOPEZ y FERNANDO JESUS FERMIN, contraído el día 15-06-2001, por ante la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Falcón.

Por cuanto la anterior sentencia, no tiene apelación se declara DEFINITIVAMENTE FIRME. Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal. Ejecútese el citado fallo. Remítase copia certificada del presente fallo a las autoridades competentes.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los diez días del mes de Mayo de dos mil cinco. Años: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
El Juez Provisorio,


Dr. Fredis Ortuñez Avila
La Secretaria Temporal,



Abog. Rosaly Muñoz Chirino

Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha siendo las 10:30 a.m., previo el anuncio de Ley. Registrada bajo el N° 216. Conste.
La Secretaria Temporal,

Abog. Rosaly Muñoz Chirino