REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON CON SEDE EN PUNTO FIJO
EXPEDIENTE Nº 7237
DEMANDANTE JOSE RAFAEL VALLES PEROZO
DEMANDADO: FELIPE SALAS
MOTIVO: PRORROGA LEGAL
Se inicio la presente causa mediante demanda interpuesta por el abogado Jairo Darío Olivera Salcedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 66.319, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE RAFAEL VALLES PEROZO, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 5.293.398, contra el ciudadano FELIPE SALAS, fundamentándose en los hechos narrados en el libelo de la demanda.
En fecha 15 de Febrero de 2005, se admitió la demanda y se ordenó la notificación al ciudadano FELIPE SALAS o quien lo representa ciudadana HEYDYS GREGORIS SALAS, para que compareciera ante este Tribunal al segundo día de despacho siguiente a su notificación.
En fecha 03 de Marzo de 2005, diligenció el apoderado actor consignando los documentos mencionados en su escrito libelar.
En fecha 07 de Marzo de 2005, a solicitud de la parte actora acuerda hacer entrega de los originales consignados, dejando en su lugar copias certificadas de los mismos.
En fecha 24 de Mayo de 2005, diligenció el ciudadano José Rafael Valles Perozo, con el carácter de autos, debidamente asistido de abogados, mediante la cual desiste de la acción y del procedimiento.
D E C I S I O N
Visto el desistimiento efectuado por el ciudadano José Rafael Valles Perozo, parte actora en la presente causa, asistido de abogados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, homologa dicho desistimiento, le da el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veinticinco (25) días del mes de Mayo de dos mil cinco. Años: 194º de la Independencia y 146º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Dr. Fredis Ortuñez Avila
La Secretaria,
Abog. Tibisay Peñaranda Mena
Nota: En la misma fecha se publicó siendo las 11:00 a.m., se registró bajo el Nº 227 del Libro de sentencias. Conste.
La Secretaria,
Abog. Tibisay Peñaranda Mena
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