REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 02-05-2005, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decretó Medida Ejecutiva de Embargo sobre Bienes propiedad de la parte demandada de autos; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 26-05-2005, se le da entrada a diligencia suscrita el Abog. Alberto Castillo, actuando con el carácter de autos, en virtud con lo solicitado por el diligenciante, en consecuencia este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo, por lo que se ordena librar las Notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 17-06-2005, se dicta auto, por cuanto este Tribunal no dio Despacho en el día para la cual estaba fijada la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho; en consecuencia, acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 27-06-2005, se dicta auto, por cuanto se acordó fijar, mediante auto separado, la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, en consecuencia, se fija para ello el día respectivo y se libran las notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 18-07-2005, se dicta auto, por cuanto este Tribunal no dio Despacho en el día para la cual estaba fijada la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho; en consecuencia, acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 19-09-2005, se dicta auto, por cuanto se acordó fijar, mediante auto separado, la práctica de la Medida a que se contrae el presente Despacho, en consecuencia, se fija para ello el día respectivo y se libran las notificaciones a los Auxiliares de Justicia.-
En fecha 05-10-2005, se dicta auto, por cuanto la parte ejecutante no compareció a la hora fijada por este Tribunal para la práctica de la Medida acordada en el presente Despacho; este Ejecutor acuerda conceder nueva oportunidad para la práctica de la misma, una vez que la parte interesada mediante diligencia así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.
En fecha 16-05-2.006, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente Despacho, contándose desde la fecha de la última actuación; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal Comitente, en el estado en que se encuentra. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 142-2.006, constante de dieciocho (18) folios útiles.-