El Tribunal Ejecutor del Municipio Carirubana de la ircunscripciòn JUdicial del Estado Falcòn, administrando Justicia en nombre de la repùblica olivariana de Venezuela y por autorida de la Ley declara embargado preventivamene acreencia que tiene Alcaldia del Municipio Carirubana con la demandada, por presumible Veinticinco Millones de Bolivares (Bs. 25.000.000) que es la totalidad de lo demandado, y que en caso de que dicha acreencia sea menor hasta el limite de la cantidad que sea, obligandose al sindico procurador el suministro mediante oficio de la informaciòn (cantidad) exacta. Se acuerda devolver debidamente cumplida la presente comisiòn al comitente, y su reconsituciòn a su sede natural.