REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
DABAJURO: 24 DE MAYO DE 2005
AÑOS: 195 Y 146.

Por cuanto desde el día 21 de Abril de 2005 que se le dio entrada a la presente comisión N°: 60-2005, la parte interesada no ha impulsado la medida. En consecuencia éste Tribunal Ejecutor estando dentro del lapso legal acuerda devolver la presente comisión por falta de impulso procesal de la parte ejecutante. Así se acuerda y así se decide. Remítase con oficio al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
La Juez.
Abog: Magleni G. de Piña.
La Secretaria.
Genara V. De Rojas.