REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 21 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001686
ASUNTO : IP11-P-2005-001686
AUTO QUE DECRETA MEDIDA DE LIBERTAD PLENA
Vista En audiencia Oral de presentación de imputados celebrada el día veinte de mayo del año en curso, contra el imputado Roxi Alberto Córdova García, venezolano, natural de punta Cardon , titular de la cedula de identidad personal numero: 10.613796, residenciado en la calle progreso entre Aragón y Perú, casa N° 142 Punto Fijo, por la presunta comisión del delito de Hurto previsto y sancionado en el articulo del código penal interpuesta por el ministerio publico Fiscal Sexto de esta circunscripción judicial donde señala que según actas policiales de fecha 19 de mayo de la revisión de la misma se observa que fue aprehendido cuando no se evidencia de los hechos elementos de imputación contra el hoy imputado es por lo que solicta la libertad del mismo sin restricción de ninguna naturaleza y se continué la investigación por los tramites del procedimiento ordinario
Por lo que la defensa no tiene ningún tipo de objeción
Este Tribunal en nombre de la Republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta la libertad Plena del imputado sin restricción d e ninguna naturaleza y debe seguir la tramitación del presente proceso por la vía del proceso ordinario por cuanto no hay elementos de imputación en el estado de la investigación contra el hoy imputado todo de conformidad con el articulo 44 de la Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela. Librese la correspondiente boleta de notificación y remítase en su oportunidad procesal el presente asunto a la Fiscalia correspondiente Así se decide
La Juez Primero de Control
Abg. Narquis Chirinos
La SECRETARIA
Abg. Irene Tremot