REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001764
ASUNTO : IP11-P-2005-001764


AUTO QUE DECRETA MEDIDA DE LIBERTAD PLENA


Vista la solicitud presentada en fecha el día veinticinco de mayo del año en curso, contra la imputada IRIS JOSEFINA COLINA GALINDEZ, venezolana, mayor de edad , titular de la cedula de identidad personal numero: 10.869.790, residenciada en el Barrio La Chinita, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Carirubana, Punto Fijo-Estado Falcón, por cuanto no se evidencia que en las actas policiales exista denuncia de la presunta victima (PDVSA) la presunta interpuesta por el Ministerio Publico Fiscal Décima Quinta de esta circunscripción judicial donde solicita la Libertad Plena .
Este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta la libertad Plena del imputado sin restricción d e ninguna naturaleza y debe seguir la tramitación del presente proceso por la vía del proceso ordinario por cuanto no hay elementos de imputación en el estado de la investigación contra el hoy imputado todo de conformidad con el articulo 44 de la Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela. Librese la correspondiente boleta de notificación y remítase en su oportunidad procesal el presente asunto a la Fiscalia correspondiente Así se decide


La Juez Primero de Control


Abg. Narquis Chirinos


La SECRETARIA

Abg. María Eugenia González.