REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001764
ASUNTO : IP11-P-2005-001764
AUTO QUE DECRETA MEDIDA DE LIBERTAD PLENA
Vista la solicitud presentada en fecha el día veinticinco de mayo del año en curso, contra la imputada IRIS JOSEFINA COLINA GALINDEZ, venezolana, mayor de edad , titular de la cedula de identidad personal numero: 10.869.790, residenciada en el Barrio La Chinita, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Carirubana, Punto Fijo-Estado Falcón, por cuanto no se evidencia que en las actas policiales exista denuncia de la presunta victima (PDVSA) la presunta interpuesta por el Ministerio Publico Fiscal Décima Quinta de esta circunscripción judicial donde solicita la Libertad Plena .
Este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta la libertad Plena del imputado sin restricción d e ninguna naturaleza y debe seguir la tramitación del presente proceso por la vía del proceso ordinario por cuanto no hay elementos de imputación en el estado de la investigación contra el hoy imputado todo de conformidad con el articulo 44 de la Constitución de la Republica bolivariana de Venezuela. Librese la correspondiente boleta de notificación y remítase en su oportunidad procesal el presente asunto a la Fiscalia correspondiente Así se decide
La Juez Primero de Control
Abg. Narquis Chirinos
La SECRETARIA
Abg. María Eugenia González.