REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 27 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2003-001023
ASUNTO : IP11-P-2003-000098


AUTO DE ACUMULACIÓN ASUNTOS PENALES EN FASE DE EJECUCIÓN SEGUIDOS CONTRA EL MISMO PENADO


Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, se observa que el ciudadano Rafael Antonio Gutiérrez Andara, penado en el presente asunto por la comisión del delito de Hurto Calificado en la modalidad de Fractura, a cumplir la pena de 03 Años de prisión, le falta por cumplir 10 meses y 16 días de la pena impuesta, según Auto de Cómputo de Pena efectuado por este mismo Tribunal Único de Ejecución de fecha 06 de Mayo de 2005 en el presente asunto nomenclado IP11-P-2003-00098, siendo esta efectivamente cumplida el 22 de Febrero del año 2006.
Sin embargo dicho penado lo es también, en causa penal recién recibida por éste mismo Despacho Judicial en fecha 03-05-05, signada con el Nº IP11-P-2003-000006, en la cual fue condenado a su vez, por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal en fecha 12 de Noviembre de 2003 a cumplir la pena de 03 años de prisión por la comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Frustración, debido al incumplimiento del Acuerdo Reparatorio propuesto en la Audiencia de Juicio celebrada el día 14 de Marzo de 2003, por lo que le fuere realizado a su vez, en fecha 03-05-05, Auto de Cómputo de Pena en el asunto penal nuevo (IP11-P2003-000006) por este Tribunal Único de Ejecución, estableciéndose en éste (auto de computo) que el referido penado cumplirá ésta nueva pena impuesta, el día 01 de Marzo de 2008.
Ahora bien, en atención al hecho de que cursan, dos procesos penales distintos en fase de ejecución de sentencia, en éste mismo Tribunal de Ejecución, y en virtud de que mantener la separación de dichos procesos seguidos a un mismo penado, en éste caso, es atentar contra la garantía procesal de la Unidad en el Proceso prevista en el artículo 73 del Copp, y subsecuentemente contra la garantía Constitucional del Debido Proceso prevista en el artículo 49 de Nuestra Carta Fundamental, es por lo que este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia, en Nombre de la república y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA;

1.- Dar por terminado el Asunto penal Nuevo signado bajo el N.- IP11-P-2003-000006 seguido en fase de Ejecución contra el penado RAFAEL GUTIERREZ ANDARA

2.- Acumular dicho asunto nuevo IP11-P-2003-000006 al presente asunto signado con el N° IP11-P-2003-000098, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal relativo a la Unidad del Proceso, ello a su vez, a los fines de Acumular la penas impuestas al penado de marras en ambos procesos penales contra éste seguidos, y así se decide.

3.- Realizar por auto de nuevo Computo de Pena, la respectiva acumulación de las dos penas que vigentes que aún pesan sobre el penado RAFAEL GUTIERREZ ANDARA, competencia atribuida a este Tribunal Ejecutor de Penas y Medidas de Seguridad de conformidad con lo pautado en el Artículo 479 Numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Se ordena oficiar al Jefe de Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal a los fines de informarle que por auto de esta misma fecha se acordó acumular el Asunto IP11-P-2003-000006 al presente asunto.
Cúmplase Ofíciese al archivo Judicial y Notifíquese a las partes -

El Juez Único de Ejecución

La Secretaria

Abg. Naggy Richani Selman

Abg. Irene Tremont