REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 31 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-000802
ASUNTO : IP11-S-2004-000802


AUTO DE ARCHIVO JUDICIAL DEL ASUNTO


De la revisión del presente asunto Penal signado con el N° IP11-S-2004-000802 seguido al Penado ORLANDO JAVIER COCOM AMAYA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.972.570, domiciliado en Antiguo Aeropuerto, Sector 07, Avenida 4, Casa N. 36, Punto Fijo, Estado Falcón, por la comisión del delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal Venezolano, se evidencia que éste mismo despacho judicial, mediante auto de fecha 20-05-2005, éste le certificó el cumplimiento de la Totalidad de la Pena que le fuere impuesta, así como que a su vez le librare las respectivas notificaciones a las partes de tal cumplimiento de pena, por lo que en atención a ello, quedando éstas notificadas de ello, es que en consecuencia, éste Tribunal de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad ordena; el Archivo Definitivo del presente asunto penal, así como la desincorporación del mismo de las causas activas de éste Tribunal de Ejecución, ello atendiendo a la extinción completa de la pena a ejecutar, a tenor de lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide. Cúmplase. Ofíciese al archivo de éste Circuito Judicial Penal.

El Juez de Ejecución


Abog. Naggy Richani

La Secretaria


Abg. Rita Cáceres