REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
ACCION: Indemnización por Daños Materiales por accidente de tránsito.-
PARTE DEMANDANTE Ciudadano Mario Romero y Belarmina Bracho de Pereira, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nªs V- 8.845.797 y 1.413.971, de este domicilio.-
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE Abogados Argenis Martínez Medina y Pedro Pablo Chirinos, inscritos en el IPSA bajo los N°s 28.943 y 37.639 respectivamente.-
PARTE DEMANDADA: Ciudadano Juan José Abreu, venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° V- 10.968.455.-
JURISDICCION. Civil Bienes
Revisadas las actas procesales encuentra el tribunal que en la oportunidad fijada para la contestación de la demanda, habiéndose citado la demandada personalmente, comparece ésta en fecha 26 de enero de 2005, dando contestación a la demanda, mediante la cual opone la perención de la instancia.- Para proveer observa el tribunal que ciertamente desde el dia 06 de septiembre de 2004 fecha de la admisión de la demanda hasta el dia 29 de noviembre de ese mismo año cuando se practicó la citación, habían transcurrido 48 días de despacho.- En virtud de ello y de conformidad con el artículo 267 numeral 1° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem que establece “ La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes”, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA y así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año Dos Mil Cinco (2005) Años: 194 de la Independencia y 146 de la Federación.-
El Juez titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria,
Abg. Sandra Morillo-
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 11:00 a.m., previo el anuncio de Ley.- Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria,
Abg. Sandra Morillo.-
|