REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.-
ACCION: Daños Materiales y Lucro Cesante.-
PARTE DEMANDANTE Ciudadano Cheffedi Amin Salim Richani Asaf, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nª V- 5.289.444, de este domicilio.-
APODERADO APUD-ACTA DE LA PARTE DEMANDANTE Abogado Argenis Martínez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.943
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantíl Tiendas Ruler C.A. y el ciudadano Frad Alejandro El Barche Jorge, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-7.659.652.-
JURISDICCION. Civil
Por cuanto el tribunal constata de las actas procesales que desde el día 14 de Octubre del 2004, fecha de la admisión de la demanda en el presente juicio, hasta el día de hoy, 30 de mayo del 2005, han transcurrido más de treinta días (30) días sin haber cumplido la actora con la obligación de impulsar el proceso para practicar la citación de la demandada de autos, En virtud de ello y de conformidad con el artículo 267 numeral 1° del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 ejusdem que establece “ La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes”, se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA y así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a la parte actora de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los treinta (30) días del mes de Mayo del año Dos Mil Cinco (2005) Años: 194 de la Independencia y 146 de la Federación.-
El Juez titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria,
Abg. Sandra Morillo-
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 10:00 a.m., previo el anuncio de Ley.- Conste. Fecha ut-supra.- La Secretaria,
-Abg. Sandra Morillo.-
CHL/ magaly
Exp: 6918
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