REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
JUEZ SEGUNDO.
SANTA ANA DE CORO 16 DE MAYO DE 2005
AÑOS: 195 Y 146.
En la presente causa identificada con el No 01-636, contentiva de la solicitud de Disposición de Bienes, presentado por la ciudadana FLOR MARIA SANCHEZ DE MEDINA, en beneficio del niño: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, por cuanto de un estado detallado de la causa se desprende que la ultima actividad procesal dirigida a impulsar el proceso se materializo el día 03 de Septiembre de 2.001, y Siendo que han transcurrido TRES AÑOS Y OCHO MESES, sin Impulso Procesal por parte de los Solicitantes, es por lo que este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE INSTANCIA de la presente Causa, esto a tenor de lo dispuesto en el Primer aparte y en el ordinal primero del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia se ordena el cierre y Archivo del presente expediente. Regístrese y déjese copia certificada de esta decisión.
Es Justicia.
EL JUEZ SEGUNDO DE PROTECCIÓN
DR. ALEXANDER LOPEZ DELEON
LA SECRETARIA
ABOG. ZULEIKA PACHECO VALLES
Seguidamente siendo la 10:00 am, del día 16 de Mayo de 2.005, se publicó la presente Decisión. Conste.
La Secretaria.