REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
República Bolivarina De Venezuela
Poder Judicial
Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal
Del Estado Falcón Extensión Punto Fijo.
Punto Fijo, 28 de Mayo de 2005.
Años: 195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-001827
ASUNTO : IP11-P-2005-001827
Auto Decretando Libertad Plena.-
Visto el escrito presentado por la ciudadana Abg. Kleidys Díaz Marín, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Falcón con Sede en la ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita la Libertad del ciudadano: Norberto Jesús Colina Lara, Venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 20-05-1972, de 33 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-12.496.273, de estado civil soltero, de oficio albañil, residenciado en; El Barrio Josefa Camejo, Avenida Ramón Ruíz Polanco, Casa N° 160, de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. En consecuencia por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho y analizadas las actas policiales que la acompañan. Es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda decretar la Libertad del ciudadano: Norberto Jesús Colina Lara, Plenamente identificado, desde el Comando de las Fuerzas Armadas Policiales de esta ciudad, donde se encuentra recluido, igualmente Ordena que la presente causa sea tramitada por el Procedimiento Ordinario. Remitase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón, todo de conformidad con el artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 de la Constitución Nacional. En consecuencia Librense las correspondientes Boletas y oficiese lo conducente.Cúmplase.
La Juez Tercero de Control.
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Abg. Morela G. Ferrer de Coronado.
La Secretaria.
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Abg. Melissa Matheus.