Se trasladò y constituyò el Tribunal con el acompañamiento respectivo en un inmueble ubicado en la Calle Garcès, esquina Bolivia, Edificio Stephani de Punto Fijo, Mcpio Carirubana, Estado Falcòn, lugar donde funciona la empresa demandada y notificò de su misiòn al ciudadanoCharle Alberto Goncalves Rodrìguez, en su condiciòn de Presidente de la mencionada empresa quien debidamente asistido de abogado ofreciò en pago el mobiliario existente en la empresa especificàndose cada uno de ellos, y cuyo valor total alcanza la cantidad de Bs. 43.880.000,00, ofreciendo para pagar el saldo restante, es decir, la cantidad de bs.129.220.000,00 en unplazo de noventa dìas contadoa a partir de la presente fecha. En este estado, la parte actora interviene y acepta el ofrecimiento realizado por la demandada y solicita al tribunal se abstenga de ejecutar la medida para lo cual fue instado y la devuelva al Comitente; por todo ello el Tribunal acuerda con lo solicitado y se reconstituye a su sede natural.