REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 13 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-003349
ASUNTO : IP11-P-2005-003349

AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Visto el escrito presentado por la ciudadana Abg. Meury Leonor Leidenz Marín, en su carácter de Fiscal Décima Quinta Aux. del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los ciudadanos: GERSON VILLAMIZAR ALVAREZ, nacionalidad extranjero, titular de la cédula de identidad N° 17.416.959, de 33 años de edad, natural de Bucaramanga, Colombia y residenciado en la Calle Progreso, frente al Taller Progreso de esta ciudad, por considerar que no están llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud de no existir suficientes elementos de convicción. En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: GERSON VILLAMIZAR ALVAREZ, nacionalidad extranjero, titular de la cédula de identidad N° 17.416.959, de 33 años de edad, natural de Bucaramanga, Colombia y residenciado en la Calle Progreso, frente al Taller Progreso de esta ciudad. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Publico. Se decreta el procedimiento ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida al Comando Policial de la Zona N° 02 de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón; a favor del mencionado ciudadano y remítase mediante oficio. Cúmplase.


Jueza Tercero de Control.


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Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretaria.


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Abg. Yrene Tremont