REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

Se le da entrada en fecha 14-10-2005, a Despacho de Exhorto emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, el cual se Decretó Embargo Ejecutivo sobre un Bien Inmueble plenamente identificado en éste, por lo que se ordena el desalojo del mismo; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, una vez que la parte interesada mediante diligencie así lo solicite, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 17-10-2005, se le da entrada a diligencia suscrita el Abog. Gustavo Adolfo Vargas Salgueiro, actuando en su condición de Apoderado Judicial del ciudadano: Enrique Ramírez Ramírez, en virtud con la solicitud formulada, este Tribunal provee de conformidad y se ordena su traslado y constitución del Tribunal en el lugar que señale la parte interesada, fijándose para ello el día respectivo; por lo que se libran las notificaciones respectivas a los Auxiliares de Justicia y a los Organismos Competentes.-
En fecha 24-10-2.005, se levanta Acta de Entrega, a fin de darle fiel y estricto cumplimiento al Mandamiento de Ejecución emanado del Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por Resolución de Contrato, intentado por el Abog. Gustavo A. Vargas S., actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano: Enrique Ramírez Ramírez, en contra del ciudadano: Freddys Hernán Martes Pernía; en dicho acto una ves que la Jueza verificó estar constituida en el inmueble objeto de la Medida y de haberle garantizado el derecho a la defensa al demando, se ordenó la materialización de la Medida con todas las formalidades de Ley, en consecuencia se Declaró la Entrega Formal del Bien Inmueble objeto de litigio y se coloca en posesión material, real y efectiva en la persona del Apoderado Judicial de la parte demandada, quien lo recibió conforme.
En fecha 25-10-2005, se dicta auto, cumplido como ha sido el presente Despacho, se ordena la remisión de las resultas del mismo al Tribunal Comitente; en esta misma fecha se remite mediante Oficio Nº 347-2005, constante de dieciseis (16) folios útiles, al Tribunal de Origen.-