REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal
Del Estado Falcón Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 03 de Octubre de 2005
Años: 195º y 146º.-
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002914
ASUNTO : IP11-P-2005-002914
Auto Decretando Libertad de conformidad con el Artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela.-
Visto el escrito presentado por la ciudadana: Abogada Meury Leonor Leidenz Marín, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto Aux. del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en la ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita la Libertad de la ciudadana: Moran Aguilar Juana Angelica, Extranjera, Natural de Santo Domingo República Bolivariana de Venezuela. Nacida en fecha 2/11/59, sotera ingresada al pais en el año 1997, por San Antonio Estado Tachira. En consecuencia este Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho y analizadas las actas Policiales que la acompañan, es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Acuerda Decretar la Libertad Plena de la ciudadana: Moran Aguilar Juana Angelica , plenamente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando en Libertad por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, igualmente se ordena que la presente solicitud sea tramitada por el Procedimiento Ordinario. Remítase la presente solicitud a la Fiscalía Décima Quinta Aux. del Ministerio Público del Estado Falcón, todo de conformidad con lo establecido en artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 de la Constitución Nacional. En consecuencia este Tribunal ordena librar respectivos oficios. Cúmplase.-
La Juez Primero de Control,.
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Abg. Narquis M. Chirinos R.-
La Secretaria.-
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Abg. Mariela Morillo.-