REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 13 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002993
ASUNTO : IP11-P-2005-002993


AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD
A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Visto el escrito presentado por la ciudadana Abg. Kleidys Díaz Marín, en su carácter de Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: José Alberto Sierra Ugarte, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.357.165, mayor de edad, residenciado en la Guaira Estado Varga; por considerar que no existen suficientes elementos de convicción en la presente causa. En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor del ciudadano: José Alberto Sierra Ugarte, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.357.165, mayor de edad, residenciado en la Guaira Estado Vargas. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Publico. Se decreta el procedimiento ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida al Comando Policial de la Zona N° 02 de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón; a favor de los mencionados ciudadanos y remítase mediante oficio. Cúmplase.


Jueza Tercero de Control.


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Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretaria.


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Abg. Mariela Morillo