REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial
Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 2 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002908
ASUNTO : IP11-P-2005-002908
AUTO DECRETANDO LA LIBERTAD DE CONFORMIDAD
A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 44 DE LA CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Visto el escrito presentado por la ciudadana Abg. Meury Leonor Leidenz Marín, en su carácter de Fiscal Décima Quinta Aux. del Ministerio Público del Estado Falcón con sede en esta ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita le sea concedida la Libertad Plena de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los ciudadanos: Alonso bautista Mendoza, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.661.128, de 39 años de edad, natural de Maracaibo Estado Zulia y residenciado en esta ciudad, Urb. Pedro Manuel Arcaya, manzana 12 Casa S/N, José Manuel Mendoza, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.636.622, de 37 años de edad, natural y residenciado en esta ciudad en el sector Universitario, Sub-sector Francisco de Miranda I, Oscar Gabriel Pereira; Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.085.803, de 28 años de edad, natural de Cabimas Estado Zulia y residenciado en esta ciudad en el Sector Nuevo Amanecer, Calle Ecuador, Punta Cardón, casa S/N, Armando José González, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.291.584, de 24 años de edad, natural de Barinas y residenciado en esta ciudad en el Sector Creolandia, Barrio 04 de Febrero, Cesar Frank Castro, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.066.146, de 26 años de edad, natural de Coro y residenciado en esta ciudad en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, Sector 02, Vereda N° 26, Casa N° 04, Carlos José Chirinos Ruiz, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.804.145, de 26 años de edad, natural de la Victoria Estado Aragua y residenciado en esta ciudad en Bellavista, Bloques BTV, Apartamento 17, planta 1-A, Eimar Villegas Ramírez, Colombiano, titular de la cédula de identidad N° E-70.383.674, de 32 años de edad, natural de Colombia y residenciado en San Cristóbal, vía Capacho, Apartamento 08 y José Antonio Ortega, Colombiano titular de la cédula de identidad N° 8.855.665, de 25 años de edad, natural de Catargena Colombia y residenciado en esta ciudad en el Sector Cujicana, Vía Amuay Casa S/N, por considerar que los mismos fueron aprehendidos de manera contraria a lo previsto en el artículo 44.1 Constitucional ya que no se esta en presencia de una detención flagrante ni mucho menos de una orden de judicial.
En consecuencia este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, analizadas como en efecto han sido las actas policiales que acompañan la presente solicitud, acuerda Decretar la Libertad, de conformidad con el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a favor de los ciudadanos: Alonso bautista Mendoza, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.661.128, de 39 años de edad, natural de Maracaibo Estado Zulia y residenciado en esta ciudad, Urb. Pedro Manuel Arcaya, manzana 12 Casa S/N, José Manuel Mendoza, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 10.636.622, de 37 años de edad, natural y residenciado en esta ciudad en el sector Universitario, Sub-sector Francisco de Miranda I, Oscar Gabriel Pereira; Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.085.803, de 28 años de edad, natural de Cabimas Estado Zulia y residenciado en esta ciudad en el Sector Nuevo Amanecer, Calle Ecuador, Punta Cardón, casa S/N, Armando José González, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.291.584, de 24 años de edad, natural de Barinas y residenciado en esta ciudad en el Sector Creolandia, Barrio 04 de Febrero, Cesar Frank Castro, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.066.146, de 26 años de edad, natural de Coro y residenciado en esta ciudad en la Urbanización Antiguo Aeropuerto, Sector 02, Vereda N° 26, Casa N° 04, Carlos José Chirinos Ruiz, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.804.145, de 26 años de edad, natural de la Victoria Estado Aragua y residenciado en esta ciudad en Bellavista, Bloques BTV, Apartamento 17, planta 1-A, Eimar Villegas Ramírez, Colombiano, titular de la cédula de identidad N° E-70.383.674, de 32 años de edad, natural de Colombia y residenciado en San Cristóbal, vía Capacho, Apartamento 08 y José Antonio Ortega, Colombiano titular de la cédula de identidad N° 8.855.665, de 25 años de edad, natural de Catargena Colombia y residenciado en esta ciudad en el Sector Cujicana, Vía Amuay Casa S/N. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Publico. Se decreta el procedimiento ordinario. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad dirigida al Comando Policial de la Zona N° 02 de esta ciudad de Punto Fijo Estado Falcón; a favor de los mencionados ciudadanos y remítase mediante oficio. Cúmplase.
Jueza Tercero de Control.
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Abg. Morela Ferrer de Coronado
Secretaria.
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Abg. Elimar Lugo