REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
PUNTO FIJO: VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL CINCO
AÑOS: 195° Y 146°
Vista la presente Causa incoada por la ciudadana WENDY DIAZ DIAZ, asistida de la abogada en ejercicio SOMAIRI CAROLINA PEREIRA HOYER contra la Empresa M.G. ASOCIADOS ASESORES DE SEGUROS Y DEICY MARTINEZ, por CONCEPTOS DERIVADOS DE LA LEY ORGANICA DEL TRABAJO (Exp. No. 2004-1826) y por cuanto el Tribunal observa que han transcurrido más de un año desde el 03 de Agosto de 2004 hasta el día de hoy, 26 de Septiembre de 2005, sin haber ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes; este Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese a la parte actora.-
Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Juzgado Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los veintiséis días del mes de septiembre del dos mil cinco.- Años: 195º de la Independencia y 146º de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. OSIRIS BENITEZ PETIT
LA SECRETARIA
ABG. ANA VARGAS HOYER
NOTA: En la misma fecha de hoy, 26-09-2005 se dejó copia de la decisión anterior para el archivo del Tribunal.- Conste.-
LA SECRETARIA
ABG. ANA VARGAS HOYER