REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

República Bolivariana de Venezuela

Poder Judicial
Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal
Del Estado Falcón Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 28 de Septiembre de 2005
Años: 195º y 146º.-

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002864.-
ASUNTO : IP11-P-2005-002864.-

Auto Decretando Libertad de conformidad con el Artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela.-

Visto el escrito presentado por la ciudadana Abogada Meury Leonor Leidenz Marín, en su carácter de Fiscal Décimo Quinto Aux. del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en la ciudad de Punto Fijo, mediante el cual solicita la Libertad del ciudadano: Alfonso Joser José, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.796.910, nacido en fecha 31/07/1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio Soldador, natural y residenciado en la Urbanización El Oasis, Calle 23, Casa Sin Número, de la ciudad de Punto Fijo Estado Falcón. En consecuencia este Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a Derecho y analizadas las actas Policiales que la acompañan, es por lo que este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, Acuerda Decretar la Libertad Plena del ciudadano: Alfonso Joser José, plenamente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, quedando en Libertad por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, igualmente se ordena que la presente solicitud sea tramitada por el Procedimiento Ordinario. Remítase la presente solicitud a la Fiscalía Décima Quinta Aux. del Ministerio Público del Estado Falcón, todo de conformidad con lo establecido en artículo 243 del Código Orgánico Procesal Penal y 44 de la Constitución Nacional. En consecuencia este Tribunal ordena librar respectivos oficios. Cúmplase.-


La Juez Primeo de Control,.




_______________________
Abg. Narquis M. Chirinos R.-

La Secretaria.-


_________________
Abg. Mariela Morillo.-