REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 22 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-001137
ASUNTO : IP11-S-2004-001137


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL ABG. RITA CACERES
FISCAL SEGUNDA DE TRANSICION MINISTERIO PÚBLICO: ABG. LILIANA URDANETA BOZO
HECHO: HURTO AGRAVADO
IMPUTADOS: PERSONA DESCONOCIDA


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO


Vista y estudiada la solicitud de SOBRESEIMIENTO presentada por el Representante del Ministerio Público con fundamento en lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal en la investigación penal contenida en las actuaciones de la Causa que antecede; seguida contra PERSONA DESCONOCIDA, este Juzgado de Control para decidir considera:
I
Del estudio minucioso y exhaustivo de las actuaciones que sustentan la solicitud Fiscal, se observa que efectivamente de la investigación penal adelantada donde figura como imputado PERSONA DESCONOCIDA, como victima la EMPRESA LUMIX C.A., y donde aparece acreditada la existencia del (los) delito(s) de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 8° del Código Penal venezolano, y desde la fecha en que se cometiera(n) el (los) referido(s) hecho(s) punible(s) hasta el día de hoy, ha transcurrido un lapso de tiempo superior al que requiere el Legislador para que opere la Prescripción de la acción penal respectiva; razón por la que habiéndose extinguido la acción penal es procedente y ajustado a Derecho aceptar la solicitud Fiscal y Ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa en conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.

II
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, EXTENSIÓN PUNTO FIJO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguida contra PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 318, Ordinal 3º y 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el ordinal 4 del Artículo 198 del Código Penal. Regístrese esta decisión; déjese copia en el archivador de Decisiones. Notifíquese a la victima y al Fiscal solicitante, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial en su oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado.-
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL,


ABG. RITA CÁCERES
LA SECRETARIA,

ABG. LISKEILA GUTIÉRREZ.