REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 20 de Abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002243
ASUNTO : IP11-P-2005-002243



AUTO QUE ACUERDA EL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL

Visto el escrito presentado por el Fiscal Sexto (E) del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial Abg. Liseth Verónica Calzadilla, mediante el cual notifica a este Tribunal, que decreto el ARCHIVO FISCAL en el presente asunto, donde aparece como imputado PERSONA DESCONOCIDA, y victima JULIO CESAR PUEMATE MARIN, plenamente identificada en autos, Asunto que cursa por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, ARTÍCULO 460, del Código Penal. Señala el Ministerio Publico de la revisión de las actuaciones tomando en consideración las circunstancias de modo tiempo y lugar de los hechos de acuerdo a la denuncia interpuesta por la victima JULIO CESAR PUEMATE MARIN que señala: “ ..
Dos sujetos desconocidos portando arma blancas me sometieron bajo amenaza de muerte y me despojaron de mis pertenencias....”.
practicada las investigaciones, por los funcionarios, de las actuaciones surgen elementos que demuestran no existen elementos de convicción contra persona, para fundamentar el ejercicio de la acción penal y por cuanto desde la fecha de la denuncia no se ha producido nueva denuncia de agresión lo procedente es decretar Archivo de las actuaciones.
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrado Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA: Declarar con Lugar el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, que conforman el asunto planteado por la Representación de la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, como imputado: PERSONA DESCONOCIDA, y victima, JULIO CESAR PUEMATE MARIN, plenamente identificada en autos, Asunto que cursa por la presunta comisión del delito de de ROBO AGRAVADO, ARTÍCULO 460, del Código Penal. Se ordena Oficiar y remitir contenido del presente auto a la Fiscalia respectiva. Notifíquese a las partes. Así se decide. Cúmplase

La Juez Primero de Control

Abg. Narquis Chirinos

El Secretario

Abg. Mariela Morillo