REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 26 de Abril de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002361
ASUNTO : IP11-P-2005-002361
ASUNTO : IP11-P-2005-00002361
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PRIMERO DE CONTROL: Abg. Narquis Chirinos.
FISCALIA DÉCIMA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO: Abg. Kleidys Díaz
DENUNCIANTE: VILORIA MILAGROS FALCON
SECRETARIA: Abg. Mariela Morillo
AUTO DE DESESTIMACION DE DENUNCIA.
Por cuanto cursa ante este Tribunal Primero de Control, escrito de solicitud de DESESTIMACION DE DENUNCIA, de fecha 19 de Julio del año 2005, requerido por la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, de esta Circunscripción Judicial, Abg. Kleidys Díaz Marín, procediendo de conformidad con los artículos 11, 42, 301, 302 de Código Orgánico Procesal Penal y 285 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Solicitud esta que deviene de denuncia interpuesta por ante el Despacho Fiscal por la Ciudadana VILORIA MILAGROS FALCON, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de treinta años de edad, con Cédula de Identidad N° V-12.786.997, domiciliado en la Calle Páez Sector el Cerro, casa 15, Los Taque Municipio Los Taques. Punto Fijo. En contra del ciudadano JANETH IRAUSQUIN, para proveer se observa.
Consta en actas que conforman el presente Asunto, que los hechos señalados por el denunciante, se desarrollan de la forma que a continuación se refieren:
“ Yo laboro en el Aeropuerto Josefa Camejo en donde esta señora trabaja como empleada de mantenimiento.. tuvimos una discusión sobre un aniño que se me había extraviado en el baño y que ella tenia en su poder pero no urgencia en entregarlo gracias a la seguridad interna pude conseguir que me lo entregara motivado a esto la ciudadana se ha dedicado a amenazarme con agredirme en mi sitio de trabajo en compañía de su esposo han llegado al punto de agredirme en una camioneta amenazándome que si la botaban allí si iba a ver lo que me iba a pasar por lo que denunció a esta señora ...”.
De .Tales hechos se puede evidenciar la constitución de un hecho punible tipificado en uno de los delitos contra la liberad concretamente el delito de AMENAZA, previsto en el ultimo aparte del articulo 175 del Código Penal revisten carácter penal y no son enjuiciable de oficio por el Ministerio Publico sino mediante querella de parte agraviada.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Con Lugar la Solicitud de Desestimación de la Denuncia, interpuesta por ante el Cuerpo Policial según denuncia de la ciudadana VILORIA MILAGROS FALCON, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de treinta años de edad, con Cédula de Identidad N° V-12.786.997, domiciliado en la Calle Páez Sector el Cerro, casa 15, Los Taque Municipio Los Taques. Punto Fijo. En contra del ciudadano JANETH IRAUSQUIN, por cuanto los hechos revisten carácter penal, articulo 175 del Código Penal delito de Amenaza, y no pueden ser enjuiciables de oficio .si no a instancia de parte agraviada, Así se decide. Se ordena la Remisión de todas las actuaciones a la Fiscalia Décima Quinta del Ministerio Público a los fines legales consiguientes, en su oportunidad procesal. Notifíquese lo conducente.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ABG .Narquis Chirinos
La Secretaria
Abg. Mariela Morillo
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