REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 27 de Abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002357
ASUNTO : IP11-P-2005-002357



AUTO QUE ACUERDA EL DECRETO DEL ARCHIVO FISCAL

Visto el escrito presentado por el Fiscal Sexto (E) del Ministerio Publico, de esta Circunscripción Judicial Abg. Liseth Verónica Calzadilla, mediante el cual notifica a este Tribunal, que decreto el ARCHIVO FISCAL en el presente asunto, donde aparece como imputados PERSONA DESCONOCIDA y victima CARMEN JOSEFINA LAMPE CARABALLO DE MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula 3.393.758, domiciliado en CALLE LAS PALMAS, casa 05.Punto Fijo. Asunto que cursa por la presunta comisión del delito Robo Agravado previsto en el articulo 460 del código penal,. Señala el Ministerio Publico de la revisión de las actuaciones tomando en consideración las circunstancias de modo tiempo y lugar de los hechos de acuerdo a la denuncia interpuesta por la victima que señala:
“… en horas de la mañana cuando se desplazaba en la calle Páez dos sujetos desconocidos portando arma de fuego la despojaron de trescientos mil bolívares trece anillos de oro y una esclava....”.
Practicada las investigaciones, por los funcionarios, de las actuaciones surgen elementos que demuestran la convicción de un delito Robo Agravado previsto en el articulo 460 del código penal,. de las actuaciones no surgen elementos de convicción contra persona alguna, para fundamentar el ejercicio de la acción penal, lo procedente es decretar Archivo de las actuaciones.

Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrado Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley: DECRETA: Declarar con Lugar el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, que conforman el asunto planteado por la Representación de la Fiscalia Sexta del Ministerio Publico, imputados PERSONA DESCONOCIDA y victima CARMEN JOSEFINA LAMPE CARABALLO DE MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula 3.393.758, domiciliado en CALLE LAS PALMAS, casa 05.Punto Fijo. por la presunta comisión del delito Robo Agravado previsto en el articulo 460 del código penal . Se ordena Oficiar y remitir contenido del presente auto a la Fiscalia respectiva. Notifíquese a las partes. Así se decide. Cúmplase

La Juez Primero de Control

Abg. Narquis Chirinos


La Secretaria


Abg. Mariela Morillo