REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 7 de Abril de 2006
195º y 147º
ASUNTO: IK01-P-2002-000033
Verificada como fue la entrevista con el penado: JULIO HIGUERA NIEVES, quién es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N ° 9.518.171, actualmente recluido en el Internado Judicial de Coro, quién planteó a éste Tribunal el estudio de su caso ya que el considera que a el le procede un beneficio, esta Juzgadora a los fines de proveer lo solicitado observa lo siguiente:
Los hechos por los cuales el penado fue juzgado y posteriormente condenado sucedieron en fecha: 04-07-99, a tal efecto, esta juzgadora considera conveniente aplicar a la presente causa el Principio de extraactividad de la ley penal establecido en el artículo 553 de la norma adjetiva penal, a tal efecto es conveniente citar lo siguiente:
“Artículo 553. Extraactividad. Este Código se aplicará desde su entrada en vigencia, aún para los procesos que se hallaren en curso y para los hechos punibles cometidos con anterioridad, siempre que sea mas favorable al imputado o acusado….omisis.
En éste sentido, esta juzgadora observa que en el presente asunto es procedente la aplicación del artículo 3 de La Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio la cual expresa lo siguiente:
“Artículo 3…omisis… A los efectos de la liquidación de la condena, se tomará en cuenta el tiempo destinado al trabajo o al estudio mientras el recluso se encontraba en detención preventiva”.
En consecuencia, esta Juzgadora considera que en el presente caso lo ajustado a derecho es la inclusión del penado en la lista de redención la cual será discutida por la Junta Rehabilitadora del Sistema Penitenciario del Internado Judicial de Coro. Cúmplase. Notifíquense a las partes, a la Oficina Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario y al Director del Internado a los efectos de la inclusión del penado en la Lista de Redención.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA SEGUNDA DE EJECUCIÓN
ABG. MAYSBEL MARTINEZ
LA SECRETARIA